martes, 15 de junio de 2010

Horas Extras


Se promulgo la ley 26597 y rige a partir del 19 de junio, las horas extras se aplican a todos los rubros, trabajadores que excedan incluso las 48 semanales o 9 horas diarias y trabajadores de vigilancia y direccion. Se exceptuan solo gerentes y directores

JORNADA DE TRABAJO
Ley 26.597
Modifícase la Ley Nº 11.544.
Sancionada: Mayo 19 de 2010
Promulgada de Hecho: Junio 10 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Sustitúyese el inciso a) del artículo 3º de la Ley Nº 11.544, por el siguiente:
Artículo 3º: En las explotaciones comprendidas en el artículo 1º, se admiten las siguientes excepciones:
a) Cuando se trate de directores y gerentes.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.597 —
JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

1 comentario:

  1. MUY BUENA NOTICIA, ERA HORA QUE PONGAN EN VEREDA A LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD, POR EJEMPLO, QUE SE ABUSAN CON LAS HORAS DE TRABAJO Y NO PAGAN LAS EXTRAS

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